[Atención peruanos residentes en Japón] Este DOMINGO 9 DE DICIEMBRE se realizará el REFERÉNDUM sobre cuatro reformas constitucionales.

En voto es OBLIGATORIO. El artículo 31 de la Constitución de 1993 así lo establece: “El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los 70 años. Es facultativo después de esa edad”.

Toda la INFORMACIÓN sobre la CONSULTA POPULAR: cédula de votación, miembros de mesa, locales de votación en el archipiélago nipón.

Detalles:
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Publicado por Noticias Nippon en Viernes, 7 de diciembre de 2018


TOKIO.- El próximo 9 de diciembre el Gobierno del Perú consultará a más de 24 millones de sus connacionales residentes en su territorio y en el exterior sobre la aprobación de cuatro reformas constitucionales planteadas por el Ejecutivo.

Estos son los cuatro proyectos de reforma constitucional anunciados por el presidente Martín Vizcarra durante su mensaje a la nación del pasado 28 de Julio:

1. Reforma del Consejo Nacional de la Magistratura

Proyecto de Ley N° 3159-2018-PE.

2. Financiamiento transparente de los partidos políticos

Proyecto de Ley N° 3186-2018-PE,

3. No a la reelección de congresistas

Proyecto de Ley N° 3187-2018

4. Bicameralidad

Proyecto de Ley N° 3185-2018-PE

CÉDULA

Estas son las cuatro preguntas que deberá responder:

LOCALES DE VOTACIÓN Y MIEMBROS DE MESA

Para la consulta popular se habilitarán un total de DOCE locales de votación en el archipiélago nipón. CINCO en la jurisdicción del Consulado General en TOKIO y SIETE en la jurisdicción del Consulado General en NAGOYA.

Como en todo proceso se habilitarán mesas de sufragio en esos centros de votación. El presidente de mesa es la persona que asume la representación de la mesa y la conducción de los actos principales. Es la autoridad encargada de velar por el desarrollo correcto de la acción de sufragar.

Por su parte, el secretario y tercer miembro tienen la obligación de permanecer junto al presidente, apoyando las tareas de los tres momentos principales que toda elección trae consigo: instalación de la mesa, el sufragio y el escrutinio.

Además de los tres miembros de mesa, existen los miembros suplentes. Estos son los reemplazos de los miembros de mesa titulares y tienen la obligación de acudir a las mesas de votación designadas para ejercer su función durante las elecciones en caso algún miembro titular no se hubiese presentado.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha habilitado un enlace en su página web oficial donde Usted puede consultar si ha sido sorteado miembro de mesa: https://consultamiembrodemesa.onpe.gob.pe

Locales

Jurisdicción del Consulado General en TOKIO

Residentes en Ibaraki, Tokio, Hokkaido, Yamanashi, Chiba, Nagano, Fukushima, Akita, Niigata, Yamagata, Miyagi, Aomori e Iwate


Residentes en Shizuoka

Residentes en Saitama

Residentes en Kanagawa

Residentes en Gunma y Tochigi

 

Jurisdicción del Consulado General en NAGOYA

Residentes en Nagoya, Ishikawa, Aichi, Gifu, Fukui y Toyama


Residentes en Mie

Residentes en Kioto, Osaka, Nara, Hyogo, Wakayama y Kobe

Residentes en Shiga


Residentes en Hiroshima Tokushima, Ehime, Yamaguchi, Kagawa, Okayama, Tottori, Kochi y Shimane


Residentes en Okinawa


Residentes en Kagoshima, Fukuoka, Kumamoto, Nagasaki, Oita y Miyazaki


CARTILLA DEL ELECTOR

MULTAS

A los peruanos residentes en el exterior  (que tengan dirección en el exterior en su DNI) no se les sancionará con multa a la omisión de sufragio pero sí se aplicará la multa prevista a quienes habiendo sido sorteados miembros de mesa no acuden a la instalación para cumplir con esa función y también a quienes se niegan a integrar la mesa de sufragio.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales, permite trámites de Solicitud de Excusa y Solicitud de Justificación de Inasistencia al cargo de miembro de mesa.

El Formulario P2: Solicitud de Excusas o Justificación al cargo de miembro de mesa, el cual deberá ser presentado por el interesado debidamente absuelto ante la Oficina Consular respectiva, indicando en el numeral 1 del mismo «Oficina Descentralizada de Procesos Electoral (ODPE) Lima Oeste 1» adjuntando los documentos sustentatorios correspondientes. 

 

Presentar los documentos en el siguiente orden:

1. Formulario P2

2. Copia del DNI

3. Original y copia del documento de sustento

El trámite es gratuito.

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