Hija de Alberto Fujimori queda libre de todo proceso y podrá participar sin restricciones en el escenario electoral de 2026.


📍Lima, 20 de octubre  / Tōkyō, 21 de octubre


El máximo intérprete de la Constitución concluyó que la investigación vulneró el principio de legalidad penal al atribuirle delitos sin sustento y sin individualizar el delito fuente de lavado de activos.

 

 

🏛️ Hechos centrales


El Tribunal Constitucional del Perú (TC), mediante la Sentencia 185/2025, declaró fundada la demanda de habeas corpus presentada por Giulliana Loza Ávalos, abogada de Keiko Sofía Fujimori Higuchi, dejando sin efecto todas las actuaciones judiciales y fiscales del proceso conocido como Caso Cócteles, iniciado en 2017.

La decisión, adoptada en Pleno Jurisdiccional el 2 de octubre de 2025, implica la nulidad de las resoluciones emitidas por el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional y por la Sala Constitucional de Lima que habían declarado infundadas las excepciones de la defensa de Fujimori.

En su resolución, el TC ordena al Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional evaluar la situación jurídica de la lideresa de Fuerza Popular “dentro del más breve término”.

 

“No existió delito fuente”: el TC concluye que la investigación vulneró el principio de legalidad penal.

 

⚖️ Marco legal peruano


El habeas corpus es un proceso constitucional destinado a proteger la libertad individual y los derechos conexos cuando son vulnerados por actos arbitrarios del poder público.

El artículo 200 inciso 1 de la Constitución Política del Perú reconoce este mecanismo, y su procedimiento está regulado por el Código Procesal Constitucional (Ley N.º 31307).

En este caso, el TC determinó que las investigaciones por lavado de activos violaron el principio de legalidad penal (artículo 2 inciso 24.d de la Constitución), al imputar a Keiko Fujimori hechos no tipificados como delito o sin precisar el delito fuente, requisito indispensable en procesos de lavado de activos.

 

El fallo del TC cierra el caso Cócteles y marca un precedente sobre los límites del poder fiscal

 

📜 Fundamentos principales de la sentencia


1.Fundado el habeas corpus.

El TC reconoció que la investigación inicial vulneró el derecho de Keiko Fujimori a ser procesada conforme al principio de legalidad y al debido proceso.

2.Nulas las resoluciones judiciales previas.

Se declaran nulas y sin efecto las resoluciones de 2022 y 2023 emitidas por el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional que rechazaron los recursos de la defensa.

3.Improcedente la nulidad de la última resolución (2023).

Por haberse producido “sustracción de la materia” debido a que los actos ya fueron revisados por el TC.

4.Sin efecto todo el proceso fiscal.

El TC ordena anular todas las actuaciones desde el inicio de las investigaciones preliminares (Carpeta Fiscal 55-2017), incluidas las acusaciones del Ministerio Público presentadas hasta julio de 2025.

 

El TC reafirma que la justicia penal no debe ser usada como herramienta de persecución política.

🧩 Argumentos clave


Ausencia de delito fuente: La Fiscalía nunca precisó qué delito originó los supuestos fondos ilícitos.

Falta de consistencia jurídica: Odebrecht —empresa vinculada en el caso— no fue investigada ni sancionada por lavado en el contexto del proceso.

Criminalización de partidos políticos: El TC advierte que tratar a una organización política como una “organización criminal” sin prueba delictiva pone en riesgo el pluralismo político y la democracia.

Proporcionalidad y razonabilidad: El fallo subraya que el derecho penal no puede usarse como herramienta política ni de persecución.

 

 

🗣️ Reacciones


Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, afirmó:

El Tribunal Constitucional ha declarado fundado nuestro habeas corpus en favor de Keiko Fujimori. Se reconoció que fue investigada por hechos que no eran delito, vulnerando el principio de legalidad. La justicia constitucional nos dio la razón.”

Desde su entorno político, Fuerza Popular señaló que el fallo “restablece la confianza en el Estado de Derecho y marca el fin de una persecución judicial prolongada”.

Por su parte, el partido Fuerza Popular emitió un comunicado celebrando la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anuló el proceso judicial conocido como Caso Cócteles contra Keiko Fujimori.

El texto sostiene que el fallo pone fin a “años de abusos” y confirma que la lideresa fue sometida a un proceso “construido sobre hechos que nunca constituyeron delito”.

El documento resalta que Keiko Fujimori enfrentó con coraje la persecución judicial durante casi una década, incluso cuando fue privada de su libertad en tres ocasiones “de manera absolutamente injusta e ilegal”.

Asimismo, el partido hace un llamado a que, en democracia, nunca más se use la justicia para destruir a una persona, familia o agrupación por motivos políticos o ideológicos.

El comunicado concluye con un mensaje contundente que resume la posición política del fujimorismo ante el fallo del TC:

“¡Persecución política nunca más!

De otro lado, el fiscal José Domingo Pérez sostuvo que la resolución favorece directamente a la lideresa de Fuerza Popular.

El día de hoy, el Tribunal Constitucional, mediante la sentencia 2109-2024, ha emitido un fallo que beneficia a Keiko Fujimori, al declarar que los aportes de dinero entregados por la empresa Odebrecht a sus campañas políticas no constituyen delito de lavado de activos”, afirmó el funcionario que había solicitado una pena de 30 años y 10 meses de prisión para Keiko Fujimori.

 

La sentencia restituye el principio de legalidad y refuerza la independencia judicial en el Perú

🧭 Implicaciones políticas y jurídicas


El fallo del Tribunal Constitucional cierra definitivamente el proceso penal por el Caso Cócteles, en el que se investigaba la presunta financiación irregular de las campañas presidenciales de Fujimori en 2011 y 2016.

Esta decisión tiene efectos retroactivos plenos, pues borra todas las actuaciones fiscales y judiciales vinculadas, incluidas las acusaciones más recientes.

A nivel político, el fallo reconfigura el escenario de cara a las elecciones de 2026, al permitir que Keiko Fujimori participe sin restricciones judiciales.

 

Odebretch nunca fue acusada ni reconoció lavado de activos en el marco del caso, según la sentencia

 

🧠 Análisis: el Estado de Derecho frente a la persecución penal


La sentencia del TC reafirma que el sistema penal no puede sustituir al control político o electoral.

El fallo resalta que los partidos políticos son instrumentos constitucionales de participación democrática y no pueden ser equiparados a organizaciones criminales sin pruebas concretas.

El caso se convierte así en un precedente constitucional sobre los límites del Ministerio Público y el respeto a la legalidad penal, marcando una línea divisoria entre la justicia penal legítima y la instrumentalización judicial con fines políticos.

 

✍️A tener en cuenta


Durante los casi 10 años de proceso hubieron reiteradas detenciones preventivas de Keiko Fujimori (3 veces por un total de 16 meses y 21 días) sin obtener sentencia firme, constituyen una dilación indebida que vulnera su derecho a ser juzgada en un plazo razonable.



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