TOKIO.- La Corte del Distrito de Osaka desestimó la demanda presentada por miembros de la comunidad LGBT contra el gobierno nipón al no permitirles contraer matrimonio con sus parejas del mismo sexo.
Durante la lectura de la sentencia, el presidente del Tribunal, consideró que esa decisión no viola la Constitución japonesa.
Tres parejas habían solicitado una compensación económica por 6 millones de yenes argumentando que el artículo 14 de la Carta Magna estipula la igualdad ante la ley y la no discriminación en las relaciones políticas, económicos o sociales por razones de raza, credo, sexo, condición social u origen.
En respuesta, la Corte reiteró que la Constitución no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo según en el artículo 24, que define el matrimonio «basado únicamente en el consentimiento mutuo de ambos sexos”.
En marzo de 2021, la Corte del Distrito de Sapporo rechazó una demanda presentada por personas de la comunidad LGBT quienes solicitaban una indemnización al Estado por el daño psicológico causado por su reticencia a enmendar la ley para legalizar sus matrimonios.
EL DATO
Existen pendientes demandas similares presentadas en Tokio, Nagoya y Fukuoka.
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